Al igual que cualquier norma ISO en sus inicios, la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) ha sido durante años una gran desconocida, disponiendo, por tanto, de un valor residual entre sus potenciales clientes, las empresas.

Hoy en día, el contexto es diferente y la palabra “social” es motivo de venta tanto a nivel empresarial como político. Es por ello que el Real Decreto Ley 6/2019 exige desde el 7 de marzo de 2022, un plan de igualdad a toda empresa con más de 50 trabajadores. Ahora bien, ¿Cómo el estado exigirá su cumplimiento?

La opción fácil y económica (coste cero para las arcas públicas) es la de incluir como requisito en sus licitaciones una certificación de Responsabilidad Social Corporativa (RSC), lo cual ayudará a maquillar los datos frente a Europa y de paso, a evitar los costes de personal en auditorias a empresas.

¿Y por qué certificarse ya y no esperar a que se exija?

  1. Los procesos de implantación y certificación son más amplios que la ventana de presentación de una licitación.
  2. Los costes de implantación de un plan de igualdad frente a la implantación y certificación de un esquema RSC son similares.
  3. Un esquema RSC va más allá de un plan de igualdad.
  4. Disponer de un certificado que muestre a terceros la alineación de la empresa con la RSC.